BASES Y CONDICIONES PARA EL SORTEO “Viaje a Colonia de Sacramento 2025”
A.- El presente sorteo (en adelante, el "Sorteo") es organizado por Pozzi y Pozzi SRL (en adelante, el “Organizador") con dirección fiscal en Avenida Italia 5672, Montevideo.
B.- Promoción válida para mayores de dieciocho (18) años, desde el 25 de Julio de 2025 hasta el 30 de agosto de 2025.
C.- Podrán participar del sorteo todos los clientes que hayan realizado compras de forma presencial en nuestros locales oficiales, siendo estas las sucursales de CARRASCO (Av. Italia 5672), PUNTA CARRETAS (Francisco Ros 2781), BRAZO ORIENTAL (Luis Alberto de Herrera 3863), LAGOMAR (Av. Giannattasio KM 21.800 esq. Becú) y PUNTA DEL ESTE (Av. Italia 0035. Esq. Patagonia).
D.- En las compras realizadas durante la vigencia del sorteo, cada 100 USD (o su equivalente en pesos de $4000), se le estará brindando 1 cupón para participar. Ejemplo: Si realiza una compra de $8000, se le brindará 2 cupones con esa factura para poder participar.El importe que se contabiliza para brindar el cupón es por factura, y no es acumulable con otras facturas a lo largo de la vigencia de participación.
E.- Quienes deseen participar del Sorteo y cumplan con los requisitos mencionados en los puntos B.-, C.- y D.- precedentes, podrán hacerlo completando los datos requeridos en los cupones. Luego de completar el Formulario con todos los datos personales el participante deberá depositar en una urna que se encuentra en cada sucursal, luego de lo cual, y en la medida que reunamos los datos, quedará automáticamente registrado para participar del Sorteo.
F.- La participación en el Sorteo es únicamente a través del cupón otorgado, completando los datos solicitados y depositándolo en la urna. Si se realizó la compra, pero no depositó el cupón, no será tomado en cuenta para el sorteo.
G.- No serán válidos para participar del Sorteo aquellos Formularios que se encuentren incompletos. Es requisito para participar que todos y cada uno de los datos indicados en el Formulario sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos.
H.- No se admitirán ni participarán del Sorteo aquellos Formularios recibidos por el Organizador con posterioridad a la fecha de finalización del sorteo.
I.- El día 1 de septiembre, en el horario de las 11:00hs, el Organizador sorteará entre todos los cupones recibidos y que cumplan con los requisitos dispuestos en las presentes bases, el premio que a continuación se detallan (en adelante, el "Premio"):
PREMIO:
Estadía de 2 días y 1 noche para dos personas en un hotel en Colonia del Sacramento.
Podrá hacerse efectiva a partir del 7 de septiembre del presente año, excepto durante temporada alta o fines de semana largos.
J.- El Sorteo se efectuará en la sucursal de SERLUX Carrasco, calle Av. Italia 5672, República Oriental del Uruguay, por determinación al azar mediante sorteo realizado frente a escribano público.
K.- Los potenciales ganadores del Premio del Sorteo serán notificados por el Organizador, por teléfono o e-mail dentro de las 24 horas posteriores una vez realizado el Sorteo, según los datos consignados en los Formularios de participación.
Por el solo hecho de participar en la promoción los participantes aceptan que la única forma de notificación de la condición de potenciales ganadores del Premio es vía telefónica y/o por email, al teléfono y dirección de correo electrónico consignados en el Formulario de participación. Cualquier error en los datos consignados por los participantes en dicho Formulario es única y exclusiva responsabilidad de los mismos.
L.- El Premio no incluye ningún otro producto y/o servicio que no esté expresamente mencionado en las presentes bases, en consecuencia, los gastos de cualquier naturaleza (a modo ejemplificativo y no limitativo: movilidad, consumo alimenticio, etc.) que deban incurrir los participantes y/o potenciales ganadores el día del evento, y/o para la aceptación y recepción del Premio correspondiente será a su exclusiva cuenta y cargo.
M.- Los Premios objeto de este Sorteo son intransferibles.
N.- Los ganadores no podrán exigir el cambio de los Premios por otro, ni por su valor en dinero, ni por un bien ni servicio distinto de los indicados en el punto I.- de las presentes bases.
O.- Los participantes del Sorteo, por el solo hecho de participar en la promoción, autorizan al Organizador a publicar sus datos personales consignados en los Formularios, tales como el nombre, apellido, y/o imágenes de los ganadores y sus familiares, por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, a su exclusivo criterio y decisión, como así también sus fotografías si así lo deseara la empresa organizadora para fines publicitarios, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la promoción y hasta los trescientos sesenta y cinco (365) días posteriores a la finalización de la misma.
P.- No podrán participar de la promoción ni hacerse acreedores de los Premios antedichos, los empleados del Organizador, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado inclusive.
Q.- El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material de los participantes de la presente promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto del Sorteo una vez entregados los mismos, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el participante y/o terceros durante la utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudieran sufrir los participantes y/o terceras personas, proveniente del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
R- El Organizador podrá a su exclusivo criterio modificar la duración del Sorteo, la fecha y/u horario de realización del Sorteo, el Premio a entregar por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos precedentes dando en su caso, la debida comunicación y publicidad, y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender, modificar, total o parcialmente, las presentes bases, cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación, ni indemnización alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases, y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
S.- El simple hecho de participar en este Sorteo implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones contenidas en las presentes bases, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, supuestos en los cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.